Elacceso a la Carrera Judicial en Espa帽a est谩 regulado en los art铆culos 301 y siguientes de la Ley Org谩nica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y se basa en los principios de m茅rito y capacidad para el ejercicio de la funci贸n jurisdiccional. El proceso de selecci贸n garantiza, con objetividad y transparencia, la igualdad en el acceso a todos los
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